lllᐅ Deuteronomio Capítulo 24
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Deuteronomio Capítulo 24

Se dan leyes concernientes al divorcio, a las personas recién casadas, al comercio de esclavos, a tomar prendas en garantía, a la lepra, a la opresión de los siervos y al dejar restos de las cosechas en el campo.

Deuteronomio 24:1 Si alguno toma una mujer y se casa con ella, si no le agrada por haber hallado en ella alguna cosa reprochable, le escribirá carta de divorcio, y se la entregará en la mano y la despedirá de su casa.

Deuteronomio 24:2 Y una vez que haya salido de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre.

Deuteronomio 24:3 Y si este último la aborrece y le escribe carta de divorcio, y se la entrega en la mano y la despide de su casa, o si muere el último hombre que la tomó para sí por esposa,

Deuteronomio 24:4 no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su esposa, después que fue amancillada, porque es abominación delante de Jehová, y no has de pervertir la tierra que Jehová tu Dios te da como heredad.

Deuteronomio 24:5 Cuando alguno se haya casado recientemente, no saldrá a la guerra ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa durante un año para alegrar a la esposa que tomó.

Deuteronomio 24:6 No tomarás en prenda la muela del molino, ni la de abajo ni la de arriba, porque sería tomar en prenda la vida del hombre.

Deuteronomio 24:7 Cuando sea hallada una persona que haya raptado a alguno de sus hermanos de entre los hijos de Israel, y le haya tratado como esclavo o le haya vendido, tal ladrón morirá, y así quitarás el mal de en medio de ti.

Deuteronomio 24:8 Guárdate de la plaga de la lepra, observando diligentemente y haciendo según todo lo que os enseñen los sacerdotes levitas; como les he mandado a ellos, así cuidaréis de hacer.

Deuteronomio 24:9 Acuérdate de lo que hizo Jehová tu Dios a María en el camino, después que salisteis de Egipto.

Deuteronomio 24:10 Cuando des a tu prójimo alguna cosa prestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda.

Deuteronomio 24:11 Te quedarás fuera, y el hombre a quien prestaste te sacará fuera la prenda.

Deuteronomio 24:12 Y si el hombre es pobre, no te acostarás reteniendo aún su prenda.

Deuteronomio 24:13 Sin falta le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma con su propia ropa y te bendiga; y te será contado por justicia delante de Jehová tu Dios.

Deuteronomio 24:14 No oprimirás al jornalero pobre y menesteroso, ya sea de tus hermanos o de los extranjeros que están en tu tierra, en tus ciudades.

Deuteronomio 24:15 En su día le darás su jornal, y no se pondrá el sol sin dárselo; pues es pobre, y con él sustenta su vida, para que no clame contra ti a Jehová, y sea en ti pecado.

Deuteronomio 24:16 Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su propio pecado.

Deuteronomio 24:17 No torcerás el derecho del extranjero ni del huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda,

Deuteronomio 24:18 sino acuérdate de que fuiste esclavo en Egipto y de que de allí te rescató Jehová tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto.

Deuteronomio 24:19 Cuando siegues tu mies en tu campo y olvides alguna gavilla en el campo, no vuelvas para tomarla; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda, para que te bendiga Jehová tu Dios en toda la obra de tus manos.

Deuteronomio 24:20 Cuando sacudas tus olivos, no recorrerás las ramas que hayas dejado detrás de ti; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda.

Deuteronomio 24:21 Cuando vendimies tu viña, no rebuscarás detrás de ti; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda.

Deuteronomio 24:22 Y recordarás que fuiste esclavo en la tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.

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